¿Cómo Disolver y Liquidar Sociedades Mercantiles en República Dominicana?
Cuando una sociedad decide cerrar sus operaciones en la República Dominicana, debe completar un proceso formal ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Cámara de Comercio. Este procedimiento está regulado por el Código de Comercio y otras leyes aplicables.
A continuación, te explicamos los pasos necesarios para disolver y liquidar una sociedad mercantil en el país.
¿Qué es una Sociedad Mercantil?
Una sociedad mercantil, también conocida como sociedad comercial, es una asociación de una o más personas con el objetivo de realizar actos de comercio. Al finalizar sus actividades, esta debe formalizar su disolución y liquidación para cumplir con las normativas legales.
Diferencias entre Disolución y Liquidación
Disolución de una Sociedad
La disolución implica el cese definitivo de las operaciones comerciales. Es el acto jurídico mediante el cual una empresa suspende sus actividades y comienza el proceso de liquidación.
Liquidación de una Sociedad
La liquidación se refiere al proceso donde se cancelan los pasivos de la sociedad, se distribuyen los remanentes (si los hubiere) entre los socios o accionistas, y se oficializa el cierre ante la Cámara de Comercio.
Tipos de Sociedades Mercantiles que Aplican
Este proceso es aplicable a los siguientes tipos de sociedades mercantiles en República Dominicana:
- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL)
- Sociedad Anónima (SA)
- Sociedad Anónima Simplificada (SAS)
- Sociedad en Nombre Colectivo
- Sociedad en Comandita Simple
- Sociedad en Comandita por Acciones.
Pasos para la Disolución y Liquidación
1. Requisitos ante la Cámara de Comercio
- Registro Mercantil original de la sociedad.
- Estatutos sociales de la empresa.
- Acta de asamblea y nómina de accionistas o socios.
- Documentos de identidad de los accionistas. Para socios extranjeros, se requiere el pasaporte.
- Primera y segunda acta de asamblea general (la segunda debe aprobar el informe del liquidador y del comisario de cuentas).
- Informe del liquidador con detalles de los bienes a liquidar (vehículos, inmuebles, acciones, etc.).
- Carta de garantía notariada firmada por el presidente, gerente o liquidador.
2. Requisitos ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII)
- Formulario RC-02 de Declaración Jurada, debidamente llenado y firmado.
- Copia de la documentación presentada ante la Cámara de Comercio.
- Declaración jurada de responsabilidad para los representantes de la sociedad.
- Sentencia con carácter irrevocablemente juzgado (aplica en caso de quiebra).
Asesoría Profesional para el Cierre de tu Sociedad
El proceso de disolución y liquidación debe realizarse de manera correcta y conforme a la Ley 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes. Contar con asesoría legal especializada es fundamental para evitar inconvenientes legales o fiscales en el futuro.
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