El Impuesto Sobre la Renta (ISR) empresarial es el impuesto que pagan las empresas sobre sus utilidades. A diferencia del ITBIS —que se declara mensualmente— el ISR se cierra una vez al año, pero eso no significa que debes prepararlo en los últimos días antes de la fecha límite. La preparación empieza desde el primer día del ejercicio fiscal.
Todas las personas jurídicas (SRL, SA, SAS, EIRL) y las personas físicas con actividad empresarial organizada deben presentar declaración de ISR ante la DGII cada año. También aplica a las sucursales de empresas extranjeras que operen en República Dominicana.
La tasa del ISR empresarial es del 27% sobre la renta neta imponible, es decir, sobre las utilidades después de aplicar las deducciones permitidas por ley.
El ejercicio fiscal dominicano cierra el 31 de diciembre de cada año. La declaración jurada anual (formulario IR-2) debe presentarse dentro de los 120 días después del cierre, lo que equivale al 30 de abril del año siguiente.
Durante el año, las empresas deben también pagar los anticipos del ISR: doce cuotas mensuales iguales a un dozavo del impuesto pagado el año anterior. Estos anticipos se acreditan contra el impuesto final del ejercicio.
"La declaración anual del ISR es el resultado de 12 meses de trabajo contable. Si la contabilidad estuvo bien llevada, la declaración es solo el trámite final. Si no lo estuvo, puede convertirse en un problema serio."
La ley permite deducir todos los gastos necesarios para producir la renta o para mantener su fuente, siempre que estén documentados con comprobantes fiscales válidos. Entre los más comunes:
Los gastos sin comprobante fiscal válido (B01 o e-CF tipo 31 para compras a empresas) no son deducibles y se añaden de vuelta a la base imponible.
La mejor preparación para la declaración de ISR no es una carrera de último momento — es una disciplina mensual:
No presentar la declaración del ISR o presentarla fuera de plazo tiene consecuencias financieras y legales importantes. Los recargos por mora son del 10% el primer mes y del 4% adicional por cada mes subsiguiente. Además, la DGII puede imponer multas por incumplimiento de deberes formales y, en casos extremos, iniciar procesos de fiscalización.
Si tu empresa no tiene la contabilidad al día o necesitas apoyo para cerrar el ejercicio y preparar la declaración correctamente, nuestro equipo puede acompañarte en todo el proceso.
Nos encargamos del cierre contable, la preparación del IR-2 y la presentación ante la DGII. Puntual, correcto y sin estrés para ti.